De acuerdo con lo previsto en el Art. 20 inc. 4° del Reglamento de Becas, hasta el último día hábil de diciembre de cada año y hasta el cierre del legajo la persona beneficiaria de beca deberá acompañar una declaración jurada sobre su situación de revista actual, en el Formulario del Anexo VII.
Mediante este mismo formulario deberá denunciar, dentro del término de cinco (5) días de sucedido, cualquier cambio en su situación de revista, de conformidad con lo establecido en el inc. 7° del mismo artículo.
Diplomatura en relaciones de consumo en la justicia de la CABA. Módulo 3: Derechos del consumidor en el Código Civil y Comercial de la Nación
17
Programa de Actualización en Ciencias Forenses. Módulo III
18
Programa de Capacitación “Ley Yolanda”
JULIO
02
Conversatorio: El presupuesto público, la Agenda 2030 y los ODS -en el marco de la Diplomatura en Administración y Derecho Financiero de la CABA- Inscripción abierta
07
Audiencia de Selección de Jurados. Técnica jurídica y competencias interpersonales. Inscripción abierta