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BECAS - Requisitos CACFJ N° 22/21

 

IMPORTANTE


 

SE ENCUENTRAN ABIERTOS LOS LLAMADOS MENSUALES

Para la realización de Cursos de posgrado; seminarios de actualización; congresos y jornadas; otras actividades de formación y capacitación (en modalidad presencial o a distancia) con una carga horaria de hasta 60 horas: del 1° al 5 de cada mes -entre los meses de abril a noviembre de cada año-.

¡SIMPLIFICAMOS EL PROCESO DE SOLICITUD DE BECAS! wink

El pedido se inicia con el envío en línea del formulario de solicitud, ingresando AQUÍ 

Una vez realizado este paso, recibirá -en el plazo de 48 hs.- un correo electrónico con el enlace donde deberá acceder para cargar toda la documentación requerida en el Art. 13 del Reglamento, a fin de completar su pedido de beca.

→ RES. CACFJ N° 04/23

 

SISTEMA DE BECAS DEL CENTRO DE FORMACIÓN JUDICIAL

Los apoyos económicos son asignados anualmente por el Centro de Formación Judicial teniendo en cuenta los recursos presupuestarios asignados, la cantidad de solicitudes recibidas, el cumplimiento de los requisitos exigidos en el Reglamento y los antecedentes académicos y profesionales de los postulantes.

 

Para solventar el pago de:

Matrícula, cuotas, derecho de examen, derecho de tesis de las siguientes actividades: posgrados, cursos independientes, congresos y jornadas y otras actividades de capacitación (no válido para carreras de grado).

 

Los requisitos exigidos para solicitar una beca son los siguientes:

  • Ser agente del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Poseer una antigüedad mínima de un (1) año en el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 
  • Poseer título de grado de una carrera de por los menos cuatro años de duración, cuando la actividad lo requiera.

De conformidad con el Art. 3 del Reglamento:

Quienes revisten en PLANTA PERMANENTE pueden solicitar becas para:

  1. Carreras de Doctorado, Postdoctorado, Maestría y Carreras de Especialización; 
  2. Programas de Actualización;
  3. Cursos y Seminarios Independientes de Posgrado y otras actividades de formación y capacitación;
  4. Congresos y Jornadas.

El personal de PLANTA INTERINA, solo puede solicitar becas para las actividades enunciadas en los puntos 3 y 4.

El personal de PLANTA DE GABINETE, solo puede hacerlo para las actividades enunciadas en el punto 4.

El personal CONTRATADO no se encuentra previsto en el reglamento.

 

Montos máximos a otorgar por año (luego de aplicarle los descuentos que correspondan, en virtud de los convenios de descuento vigentes)

  • Carreras de Doctorado, Maestría y Especialización: hasta $874.800.-
  • Programas de Actualización: hasta $699.840.-
  • Cursos y Seminarios Independientes de Posgrado: hasta $437.400.-
  • Congresos y Jornadas: hasta $218.700.-, sin incluir viáticos ni pasajes.

 

Plazos de presentación 

  • Para postdoctorados, doctorados, maestrías, carreras de especialización, programas de actualización y cursos de posgrado de cursada anual o carga horaria superior a 60 horas, en modalidad presencial o a distancia: desde el día 1° de febrero y hasta el día 31 de marzo de 2024;

 

  • Para cursos de posgrado; seminarios de actualización; congresos y jornadas; otras actividades de formación y capacitación (en modalidad presencial o a distancia) con una carga horaria de hasta 60 horas: del 1° al 5 de cada mes -entre los meses de abril a noviembre de cada año-.

 

La solicitud de beca para carreras se debe iniciar indefectiblemente completando en línea el formulario de solicitud.

Las solicitudes para cursos y actividades de hasta 60 horas deben iniciarse completando el siguiente formulario de solicitud.

Toda presentación y/o documentación que se acompañe, debe realizarse a través del enlace que será proporcionado una vez que se envíe el referido formulario.

 

Documentación a presentar

Para Doctorados, Postdoctorados, Maestrías, Carreras de Especialización, Programas de Actualización, Cursos de Posgrado y otras actividades de formación y capacitación de cursada anual o carga horaria superior a sesenta (60) horas

  1. Formulario de solicitud de beca, enviado en línea, completo sin tachaduras ni enmiendas y debidamente firmado. Se tiene por no presentado el formulario que no cumpla con todas estas exigencias. 
  2. Formulario e información acerca de la actividad de formación o capacitación. Para completar este requisito se debe presentar el Formulario (Anexo II del Reglamento) y agregar información emitida por la institución donde se pretende cursar los estudios -hasta un máximo de diez (10) páginas- que contenga plan de estudios, contenidos, carga horaria, días, horarios, modalidad de cursada y costos anuales; 
  3. Copia del título universitario y una declaración jurada que manifieste que es copia fiel de su original, cuando el certificado aludido en el inciso e) no contenga dicha información;
  4. Currículum Vitae de una extensión no mayor a dos (2) páginas;
  5. Certificado expedido por las oficinas de relaciones laborales del Tribunal Superior de Justicia de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o del Ministerio Público, según corresponda, en el que conste la situación de revista, antigüedad en el cargo, remuneración y si posee título de grado o secundario según las constancias de su legajo; 
  6. Conformidad expedida por la persona responsable de la dependencia donde la o el solicitante se desempeñe, en la que también se indique que no se verifica superposición horaria o interferencia en la prestación del servicio. Esa conformidad deberá presentarse a través del formulario que figura en el Anexo III
  7. Los Magistrados están exceptuados de cumplir con los requisitos enunciados en los puntos 3 y 6 anteriores.

Para Cursos de posgrado, Seminarios de Actualización, Congresos y Jornadas y otras actividades de formación y capacitación, en modalidad presencial o a distancia, con una carga horaria de hasta sesenta (60) horas deberá presentarse la documentación referida en los acápites 1, 2, 4 y 5.

Para la renovación de beca deberá presentarse la documentación especificada en los puntos 1, 2, 5 y 6.

Sobre el reintegro

Los pagos que correspondan al otorgamiento de becas serán realizados por el Tribunal Superior de Justicia, previa presentación del comprobante respectivo por parte del becario y del formulario para reintegro de beca.

Los reintegros no solicitados durante el año 2024, no podrán serlo en el futuro. 

Los montos otorgados y no utilizados deberán ser expresamente renunciados a los efectos de la reasignación de fondos.

 
 
 
  Archivos Adjuntos:

Descarga el Reglamento de Becas vigente (Res. CACFJ Nro. 04/23)

 
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NOVIEMBRE
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22 Curso introductorio: ley informada por el trauma - módulo práctico
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