Espacio Multimedia
Derecho y pandemia. Ciclos de charlas en la web
Dr. Blas Matías Michienzi
MATERIAL DE SESIONES
El Centro de Formación Judicial llevó adelante el pasado 28 de julio un nuevo encuentro correspondiente al “Ciclo Derecho y pandemia. Charlas en la web” bajo la denominación “Derecho animal y pandemia”. El expositor en esta oportunidad fue el Dr. Blas Matías Michienzi y el moderador fue el Dr. Eduardo Molina Quiroga, Secretario Ejecutivo del Centro.
Por Verónica Ferreiro, Centro de Formación Judicial
La charla se transmitió a través de la plataforma Zoom y del canal de YouTube del Centro, al igual que en ocasiones anteriores. Todos los participantes tuvieron la oportunidad nuevamente de realizar sus preguntas a través del chat de las plataformas y las mismas fueron retransmitidas por el moderador.
El Dr. Blas Matías Michienzi es Coordinador de la Unidad Fiscal Especializada con Competencia Especial Única, del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Abogado Especialista en Administración de Justicia de la Facultad de Derecho de la UBA. Especialista en Administración de Justicia de la Facultad de Derecho de la UBA. Profesor Adjunto interino en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, en la materia Régimen Jurídicos de los Recursos Naturales, iniciado la carrera docente desde 1992 de manera ininterrumpida. Participación en cursos de grado y posgrado en diferentes universidades nacionales, además de seminarios, talleres y conferencias, en carácter de asistente y disertante, vinculados al área del Derecho Penal y Derecho Ambiental en el ámbito nacional como Internacional.
El fiscal Michienzi es el titular de la Unidad Fiscal Especializada en Materia Ambiental (UFEMA) de la Ciudad de Buenos Aires desde el 2016. Este organismo es el encargado de abordar e investigar ilícitos contra la Seguridad Pública y el Medio Ambiente. “La idea de la Fiscalía, desde su creación, ha sido ir expandiendo el trabajo. Es necesario que los Ministerios Públicos participen e incorporen, dentro de su política criminal, temas como el derecho de los animales”, aseguró el funcionario.
El expositor explicó: “El derecho animal es un conjunto de teorías y principios destinados a brindar protección jurídica al animal no humano o a todo aquel que es una especie distinta al ser humano. Está anclado en una idea que tiene la valoración de un ser sintiente que puede ser adjudicado de derechos y sujeto de protección de derecho”. “A través de la historia hubo distintas consideraciones sobre el animal. En la antigüedad y hasta la era moderna era una cosa y se lo tenía en cuenta desde el punto de vista filosófico. Sin embargo nuevas reflexiones y pensamientos en torno al mismo han hecho que se lo considere de una manera distinta como un eslabón más del ecosistema que hace posible la vida en el planeta”, relató.
En ese orden de ideas, sostuvo que “desde el Derecho el tema empieza a tener mayor protagonismo a mediados de este siglo. Distintos pensadores como Tom Reagan empiezan a considerar que los animales deben ser defendidos porque tienen capacidad de sentir dolor. Desde estas ópticas se ha armado una estructura normativa y conceptual que va creciendo”. “Pero en nuestro país aún después de la Reforma de Código Civil los animales siguen siendo cosas, situación que entra en cortocircuito con la Ley de Maltrato Animal que indica al mismo como una víctima de actos crueles o maltratos, e incluye una sanción de quince días a un año de prisión”, aseveró.
El Fiscal destacó que “es importante destacar algunos conceptos claves que se usan a la hora de hablar de derecho animal. Uno de ellos es especismo, que es la discriminación en razón de la especie. Otro concepto es el de la sintiencia, es decir la capacidad de un ser de sentir placer o dolor. Por otro lado está el bienestar del animal, aquel estado físico y mental en relación con las condiciones en las que vive. Estos elementos son muy importantes al momento de trabajar en los casos porque son las herramientas que sirven al evaluar las condiciones de los animales en nuestras investigaciones”.
Asimismo destacó: “Un concepto fundamental que hoy utilizamos son las cinco libertades de los animales, es decir que deben vivir de manera libre de sed, hambre y desnutrición, de temor, angustia, de lesiones o enfermedades, que tengan un espacio para poder manifestar su comportamiento, y libre también de cualquier molestia física, térmica o climática”.
Por otro lado, hizo referencia al marco jurídico internacional y detalló que “han surgido declaraciones como la Convención Cites de especies migratorias y animales silvestre, la Declaración de Río sobre Medio Ambiente, la Carta de la Tierra, Carta de la Naturaleza, y la Declaración de Derechos de los Animales de Unesco”. “Desde hace algunos años muchos abogados y personas muy vinculadas con la problemática del derecho animal toman la Declaración de Cambridge y la Declaración Universal de Bienestar Animal como herramientas para profundizar las peticiones que hacen en sus presentaciones”, agregó.
Además comentó que en otros países como Alemania, Francia, Brasil, India o Austria constitucionalmente han incorporado a los animales como seres sintientes. Hay normativa de protección animal tanto en el continente europeo como en América Latina. Es muy importante el castigo para los casos de maltrato en Australia, España, Italia, Argentina, Perú, Bolivia y Uruguay, entre otros. Pero en muchas ocasiones “no es suficiente”.
El Dr. Michienzi explicó que “la experiencia de estos cuatro años ante la Fiscalía, que desde su creación ha incorporado como una de las competencias específicas la investigación y persecución de la Ley de Maltrato Animal, ha sido muy satisfactoria. Desde hace un año y medio hay una fiscalía especializada en Medio Ambiente en Neuquén que ha incorporado la Ley de Maltrato Animal”.
El expositor resaltó que “la posibilidad de que un área específica del Ministerio Público concentre la investigación parece ser una idea apropiada. Una de las cosas que surgen de investigar y estar a cargo de una fiscalía especializada es que el 70 por ciento de las denuncias que llegan son pura y exclusivamente de maltrato animal. Más este último año que la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires ha incorporado un capítulo de figuras contravencionales para los casos de abandono. Recordemos que el abandono no está incluido en la Ley de maltrato Animal 12.346”.
Aseguró además que “los casos de denuncias que más llegan a la Fiscalía son los de animales que no tienen acceso a agua ni comida, o casos de sufrimientos innecesarios por parte de sus responsables. También hay una enorme cantidad de denuncias que no llegan a ser investigadas porque no son típicas, tienen poca información o son hechos fugaces”. “Para recibir las denuncias nos pareció necesario crear canales de acceso para los ciudadanos, y el Ministerio Público cuenta con una enorme cantidad de canales de denuncias, el 0800, el correo, las unidades de orientación y áreas en la comisarias”, añadió.
Por otra parte el Dr. Michienzi explicó: “Nos pareció oportuno realizar grillas para que los ciudadanos puedan volcar toda la información de manera amigable, desglosada, separada y poder tener así una mayor información al momento de recibir las denuncias. La grilla se encuentra glosada tanto en la aplicación que tiene el Ministerio Público como en la aplicación del Gobierno de la Ciudad que se llama BA Mascotas. En esta la gente que participa puede poner información sobre animales perdidos o encontrados, lugares de tránsito y un botón de maltrato que impacta en la Oficina de Denuncias del MPF”.
El expositor aseveró que “el cúmulo de mecanismos ha hecho que el trabajo regular de la Fiscalía se haya incrementado. El primer año estuvimos cerca de las 700 causas, y el último año llegamos a las 3150. Eso implicó generar nuevos mecanismos de respuesta, protocolos de actuación, nuevas relaciones con áreas del Gobierno de la Ciudad como Sanidad Animal para que colaboren con veterinarios”.
Al ser consultado sobre las implicancias de la pandemia en el tema, sentenció: “En el marco del aislamiento muchas personas han decidido mudarse, ya sea por considerar que el lugar donde vivían no era el adecuado para pasar el confinamiento o por seguridad. Y hubo muchos casos de abandono de animales y denuncias de abandono por parte de personal que ejerce tareas esenciales como médicos o enfermeras que tienen que trabajar turnos más largos y han tenido que dejar a sus mascotas”.
Además aseguró que “un gran cumulo de casos que han llegado son los de criaderos que en la Ciudad no están autorizados. Durante la pandemia hemos realizado y solicitado varios allanamientos. Más allá del trato que se les da a los animales por estar siendo sometidos para una reproducción continúa, en uno de los primeros allanamientos tuvieron que intervenir quirúrgicamente a una de las perras por las condiciones en las que se encontraba. En la mayoría de las ocasiones los animales no tienen ni agua ni comida a su disposición, están encerrados, sucios. Carecen de las libertades esenciales al momento de evaluar las condiciones en las que viven”.
Por otro lado, manifestó: “Utilizamos la suspensión de juicio a prueba como un método alternativo de resolución de conflictos. Las herramientas que nos otorga el Código nos facilita a todos la posibilidad de trabajar en algunos casos que no impliquen que dicha situación deba resolverse en una audiencia de debate o de juicio. Intentamos que nuestros casos tengan una entidad probatoria tal que no tengamos que llegar a una audiencia de juicio”. “En los casos de videos en redes sociales que se hacen virales trabajamos de oficio porque si tenemos información de un hecho tenemos obligación de iniciar la actuación. A partir de la información que nos llega a la Fiscalía empezamos a iniciar investigaciones” agregó.
Destacó que “no hay Fiscalías especializadas en la Provincia de Buenos Aires, esto implica que no haya un organismo o un área de investigación del Ministerio Público que se dedique exclusivamente y entonces eso puede generar alguna dificultad. La segunda dificultad es que quienes en términos generales en la Provincia de Buenos Aires reciben las denuncias en la gran mayoría son las comisarías y en muchas ocasiones no están preparadas o a veces la coyuntura de las problemáticas que tienen no se lo permite”.
El Fiscal manifestó: “Cuando advertimos que un animal está en situación de peligro o de riesgo solicitamos el allanamiento a los efectos de rescatarlo y es asignado a un lugar con un formulario con alguien como tenedor con determinadas pautas a las que se compromete la persona que lo tiene, que será la responsable del animal durante todo el proceso”. “En nuestro correo [email protected] recibimos denuncias no solo de la Provincia de Buenos Aires sino del resto país. En ese caso indicamos que no investigamos en esas jurisdicciones y les aconsejamos qué hacer”, añadió.
El Dr. Michienzi adelantó: “Estamos trabajando con el Ministerio Público Fiscal y el Consejo de la Magistratura en la posibilidad de tener un centro de rescate para poder albergar a los animales por un tiempo en los casos que se necesita hacer un allanamiento. Otra cosa que estamos coordinando con el Área de Sanidad de la Agencia de Protección Ambiental es un listado de familias para recibir animales maltratados. También trabajamos con muchas organizaciones y refugios de la Provincia que muchas veces están saturados. Entonces recurrimos a familias que mandan correos cuando tienen posibilidad de recibir animales, pero no nos desentendemos y les pedimos que nos informen la evolución de manera regular”.
El funcionario aseguró: “soy partidario de un endurecimiento de las penas porque creo que de quince días a un año es muy baja. Pero de la mano del aumento de las figuras también debería haber una reformulación en la redacción. El contexto internacional también nos indica esa línea”. Añadió: “Vemos situaciones en el Ministerio Público de casos de mucha crueldad y perversidad. Todavía hay una idea de que el animal es un objeto, una cosa, que puedo dejarlo o pegarle porque es mío. Esto tiene que ver con una lógica social donde la violencia, no solo domestica sino también especista y sexista, está vigente y la posibilidad de elevar la pena es apropiada”.
En ese sentido, comentó que “el derecho animal tiene que ver con problemáticas transversales a un montón de disciplinas y hay un enorme trabajo por delante desde diversos campos que implican miradas desde distintas profesiones. El Ministerio Público está involucrado en la idea de sensibilizarse aún más con este tipo de casos. Las fiscalías especializadas pueden dar un abordaje apropiado y efectivo para este tema aunque los abogados, la sociedad civil y las organizaciones pueden nuclearse y trabajar estas problemáticas”.
El Dr. Michienzi concluyó que “es necesaria una modificación del Código Civil que excluya al animal de la categoría de cosas. Deberíamos poder analizar las experiencias de otros países con más empatía respecto de los animales no humanos que han podido elaborar una reflexión profunda y han incorporado dentro de sus cartas magnas o códigos entendiendo al animal como un ser sintiente. Con el cambio de rol que el Ministerio Público tiene a través del sistema acusatorio representando el interés público entiendo que tiene un deber fundamental de poder trabajar justamente estos temas que tienen consecuencias penales, y que desde un organismo especializado puede hacer un trabajo en vista a lo que la sociedad desea”.